City Bell | 28 abr 2024
DNI City Bell
🏠 Informe especial sobre Barrios Privados en City Bell: ¿Seguridad o fragmentación social?
Vecinos de City Bell, Gonnet, Joaquín Gorina, Villa Elisa, Arturo Seguí y tantos otros desataron una ola de reclamos tras el paso del último temporal de finales de marzo en la Zona Norte de La Plata. Junto a especialistas en el rubro, analizamos la incidencia de los proliferantes Barrios Privados.
El fuerte temporal que azotó a City Bell y toda la Zona Norte de La Plata, el pasado 20 de marzo, dejó a su paso una estela de reclamos vecinales y cuestionamientos sobre la gestión del espacio urbano. Entre las principales preocupaciones que llegaron a la redacción de NexoNorte, se encuentran las inundaciones que afectaron a diversas cuadras aledañas a los Barrios Privados, generando un debate sobre el impacto de estos emprendimientos en el entorno.
Por este motivo, tomamos contacto con representantes de Defendamos Nuestra Identidad (DNI) City Bell, quienes compartieron su análisis sobre cómo la construcción de estos Barrios Privados pudo haber contribuido a la inundación de áreas circundantes: "No tenemos elementos probatorios para asegurarlo, pero rellenan todo el emprendimiento y al quedar sobre el nivel del entorno seguramente coadyuva a su inundación".
Desde DNI City Bell, sí aseguran que los Barrios Privados, caracterizados por su exclusividad y seguridad, fragmentan el territorio y la sociedad al crear barreras físicas y sociales que limitan el acceso a quienes no son residentes: "Si bien cuentan con respaldo legal municipal y provincial, su proliferación ha generado una creciente segregación social urbana, exacerbando las diferencias socioeconómicas".
Redacción: ¿Por qué consideran que los Barrios Privados fragmentan tanto al territorio como a la sociedad? En relación a esto, notamos que barrios de Las Banderitas, linderos al Monte, cerraron por completo el acceso, con puertas y tranqueras: ¿Esto es legal?
DNI City Bell: "Los Barrios Cerrados (BC) son áreas residenciales circundadas por muros y barreras que cuentan con vigilancia las 24 horas del día. Los dispositivos de seguridad impiden el libre acceso a ellos por parte de los no residentes. La privatización del espacio urbano, anteriormente público, es lo que los distingue como nuevo fenómeno residencial urbano, avalado por legislación provincial y municipal. No obstante, el Municipio cuenta con la potestad para decidir si se permiten en el territorio del partido de La Plata, o dónde".
— "Lamentablemente, por ordenanza aprobada en la gestión de Julio Garro, se admiten estas urbanizaciones en todo el partido con excepción del casco urbano. Durante la gestión de Julio Alak no se permitían BC en el partido de La Plata. Solo clubes de campo en la Autovía Ruta 2. A partir de la gestión de Bruera se disfrazaron de PH y así siguieron avanzando".
— "Los BC constituyen un verdadero proyecto inmobiliario de alta rentabilidad. La mayoría es impulsada, dentro del sector privado, por desarrolladores urbanos, quienes normalmente llevan adelante diversos proyectos en diferentes localizaciones destinados a distintos grupos socioeconómicos".
— "Son un caso extremo de segregación social urbana, al ser ésta explícita y evidente. Los dispositivos de seguridad se convierten no sólo en barreras físicas, sino también sociales, estableciendo claramente los límites y las diferencias existentes en el tejido social. En este sentido, lo nuevo de la segregación social urbana es su intensidad, visibilidad y explicitud".
— "Asimismo, al privatizar el espacio público, se interrumpen calles lo que genera que los vecinos de las zonas lindantes tengan que caminar excesivamente para poder transitar y llegar a las vías principales, tanto para acceder al transporte público como para movilizarse en el transporte automotor".
El Country Grand Bell es, sin dudas, uno de los barrios privados históricos y característicos de City Bell.
— "Las causas que generan este fenómeno urbano son principalmente la violencia urbana y la inseguridad. Sin embargo y contestando la pregunta de si es legal cerrar esos barrios de Las Banderitas, no es así. Imagínense si todos decidimos cerrar los barrios en donde vivimos ¿En qué se transformaría la ciudad?".
— "Por otra parte, el Estado también contribuye a fomentar este proceso de segregación mediante el otorgamiento de permisos para el desarrollo de este tipo de emprendimientos privados y mediante la legislación vigente. Asimismo, el no satisfacer la demanda ciudadana de seguridad en la ciudad, lleva a que aquellos 'privilegiados' que pueden satisfacer esta necesidad por sus propios medios (contratación de seguridad privada o residencia en un barrio cerrado con seguridad las 24 horas) lo hagan, aún cuando sea una solución individualista que no modifica las causas del problema, sino que actúa sobre sus efectos".
— "Estos conjuntos urbanos destinados a alojar a las clases medias y medias altas son un fiel reflejo de la sociedad actual donde prima el individualismo por sobre la solidaridad y el bien común. Se establece una relación 'desigual' al privatizarse el espacio público en beneficio de unos pocos, pero requiriendo igual los beneficios que la ciudad abierta y pública provee a todos los ciudadanos".
— "El resultado es entonces un proceso complejo de segregación social urbana, producto no sólo de causas estructurales, sino también de las decisiones tomadas por los propios actores sociales, que es cada vez más explícito y donde las diferencias sociales no pueden ser obviadas. La brecha entre los ricos y pobres, los que tienen o no tienen, los que viven seguros en la ciudad y los que no, se hace cada vez más amplia y parece más difícil de cerrar".
— "Por otra parte, los servicios y las regulaciones públicas son reemplazados por servicios brindados por parte de empresas privadas y por reglamentaciones privadas que surgen del accionar de las asociaciones de propietarios o residentes de estos barrios cerrados".
R: ¿Cómo se encuentra actualmente el patrimonio arquitectónico de City Bell? ¿Alguna de sus edificaciones corre peligro?
DNI City Bell: "En lo que se refiere al Patrimonio vale detenernos en algunas consideraciones importantes. El concepto de patrimonio supera hoy en día al hecho meramente arquitectónico. Se lo concibe como 'el conjunto de bienes materiales e inmateriales, tangibles e intangibles que posee un individuo, institución o comunidad'. Así, podemos hablar de piezas arquitectónicas, áreas naturales, nodos urbanos y/o espacios dignos de memoria que de alguna forma guardan parte de la identidad colectiva".
— "El hecho de cuidarlos, preservarlos y/o recuperarlos contribuye a mantener esa identidad. A la vez que puede significar el desarrollo de una nueva actividad enriquecedora. En ese sentido, durante la gestión anterior se inició un Plan de Acción en 3 etapas llegándose a cumplimentar la etapa 1 relativa a la actualización del catálogo preexistente que hacía 20 años no se revisaba y que solo le falta la sanción de ordenanza correspondiente para su aplicación".
— "Las etapas 2 y 3 correspondían a la ampliación de dicho inventario de bienes tanto dentro del casco urbano como en la periferia incluyendo también piezas y/o conjuntos del Movimiento Moderno; para estas etapas la Dirección de Patrimonio cuenta con un listado preliminar bastante amplio que se venía elaborando a través de la búsqueda de ejemplares para su futuro análisis de factibilidad. Es de esperar que la actual gestión prosiga con este proceso de planificación iniciado en 2022".
— "La Zona Norte (City Bell, Gonnet, Villa Elisa, etc.) en particular, posee un rico acervo cultural que incluye muchas piezas y/o conjuntos de valor patrimonial que van desapareciendo o sufriendo malas intervenciones por no estar debida y fehacientemente protegidos y quedan librados a la decisión de las gestiones de turno. Este acervo incluye no solo ejemplos arquitectónicos sino también árboles, arroyos, etc".
— "Vemos con preocupación cómo ordenanzas dictadas durante la gestión anterior por el HCD y que no fueran convalidadas por la Provincia en su momento, hoy se hayan derogado y se retrotraiga a la Ordenanza N°10.703/10 sin modificatorias, ordenanza que tanto daño produjo en este sector de la ciudad".
— "Estas ordenanzas modificatorias a través de sus conceptos globales como en los Indicadores Urbanísticos propuestos, ponían cierto manto de protección patrimonial y ambiental sobre el casco histórico completo de City Bell, el barrio Nirvana, el barrio San Jorge, centro histórico de Villa Elisa, Plaza Luis Castells de Villa Elisa y alrededores, arroyos, humedales, bañados, arboleda y medioambiente".
La histórica y peculiar pérgola del barrio Nirvana de City Bell frente al Arroyo Rodríguez.
— "Otra consideración para hacer especial mención es la que refiere a los accesos principales a la ciudad por la Zona Norte y que constituyen la conectividad entre CABA y la ciudad de La Plata, Capital de la Provincia de Buenos Aires, los caminos Parque Centenario y General Manuel Belgrano. Estas importantes vías de circulación tienen décadas de abandono, deterioro y degradación alarmantes".
— "Años de reclamos para su puesta en valor integral, especialmente el Camino General Belgrano que supo ser la ruta más bella, moderna en su tiempo fundacional y con una riqueza patrimonial exuberante, teniendo en cuenta sus puentes de hierro o de Hormigón Armado (HA) como el Donato Gerardi, primer puente de HA construido en el país, declarado 'Bien de Interés Histórico Industrial' por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Bs. As. Y de 'Interés Municipal' por Decreto N°25/18, como así también la riqueza de su añosa arboleda y casonas lindantes".
— "Esperamos se materialice la propuesta de campaña del intendente Julio Alak de poner en valor integralmente a este acceso tan relevante para el Sector Norte en particular como para la ciudad de La Plata en general y que ninguna intendencia atendió antes, especialmente teniendo en cuenta que el Camino Belgrano es de incumbencia municipal en todo su trayecto desde el casco hasta Berazategui, mientras que el Camino Parque Centenario sigue siendo de incumbencia provincial. Es el momento oportuno para abordar estos emprendimientos ya que las gestiones de ambas incumbencias hoy están alineadas y en coordinación".
R: ¿Qué consecuencias han dejado los cambios en el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial durante la gestión de Julio Garro?
DNI City Bell: "Algunos fueron adecuados y otros no. Algunas ordenanzas lograron disminuir el impacto de grandes volúmenes edificados que iban apareciendo en las distintas localidades del eje Norte principalmente en City Bell, que generaban un impacto acumulativo sobre el paisaje y la identidad de estos barrios".
— "No obstante ello, el tratamiento del Código de Ordenamiento Urbano ha cobrado actualidad, ante las versiones de que se retrotraerían las modificaciones que se introdujeron. Desde DNI City Bell se trabajó en el análisis de la temática y se elaboraron propuestas que fueron avaladas por el Municipio por cuanto nuestra fundamentación fue ampliada por el Dictamen de la Clínica Jurídica Ambiental de la Facultad de Abogacía".
— "En ese sentido, la derogación de la Ordenanza N°12044, configura una muy grave alteración de una normativa que apunta al respeto por la identidad y el patrimonio natural y cultural de nuestra región. Dicho Dictamen contiene argumentación irrebatible y presenta antecedentes y jurisprudencia más que suficientes para entender su razonabilidad".
— "Más allá de las cuestiones formales que hoy se aducen para pretender desandar lo andado, queda claro que hay un accionar corporativo con ramificaciones importantes en la política, que suele estar comprometida, como tantas veces, con los intereses ajenos a los de las mayorías".
— "Independientemente de lo que pueda aducirse para justificar una vuelta atrás, o sea un retroceso, o regresión, el Dictamen es contundente, por lo que ninguna argumentación formal debería tener éxito, sino todo lo contrario. El legislador no puede desconocer las leyes, tanto nacionales como provinciales, e incluso pactos y acuerdos internacionales".
— "Además, consideramos de mucha importancia que se exponga claramente a la comunidad, cuáles son los beneficios que introdujeron las modificaciones a la ordenanza, en cuanto al CUF y a la altura de las construcciones, cuestiones que en el Dictamen se explican y se explicitan en forma simple y clara".
• Esto se refleja en las consideraciones finales del Dictamen, que se consignan a continuación:
"Atendiendo a las razones antes expuestas, la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, dictamina que:
1. La problemática detectada en el Eje NNO configura una cuestión urbano ambiental, aplicándose en consecuencia el ordenamiento jurídico ambiental.
2. La aplicación de la Ordenanza N°10.703 en el Eje NNO, vulnera los principios ambientales preventivo, de no regresividad y de congruencia, razón por la cual, hasta tanto se adecue la misma al ordenamiento jurídico ambiental, cobra ultraactividad la Ordenanza N°9.231, en los casos en que proteja de manera más tuitiva al ambiente.
3. La autoridad municipal está obligada a analizar, contemplar, describir, determinar y evaluar los impactos ambientales acumulativos.
4. Aunque la EIA de la Ordenanza N°10.703 no lo contemple de manera expresa, al realizar el EIA de cada nuevo pedido de autorización de obras o construcciones privadas o públicas, la autoridad municipal está obligada a analizar, contemplar, describir, determinar y evaluar los impactos ambientales acumulativos o acumulados. De no hacerlo se está afectando la tutela debida y protección básica, en el Eje NNO, del ecosistema, de la calidad de vida de sus vecinos, de su biodiversidad, de su verde público y privado, de sus valores culturales y ecológicos, de su paisaje, de su identidad y, por sobre todas las cosas, de los derechos de sus generaciones futuras". Dr. Carlos Falbo - Director de la Clínica ambiental- 2019.
— "No sucede lo mismo con las ordenanzas de ampliación urbana avanzando sobre las tierras productivas del cinturón frutihortícola, y aquella que permitió la localización de barrios cerrados en cualquier sector del partido con excepción del casco, las cuales deberían revisarse introduciendo luego las modificaciones pertinentes de acuerdo a los procedimientos legales pertinentes".
R: ¿Qué panorama esperan con Julio Alak a la cabeza?
DNI City Bell: "Que respete y mejore aquellas cosas que se hicieron bien y modifique aquellas otras que inciden negativamente en el desarrollo urbano de las localidades del eje Norte. Asimismo, que propenda al desarrollo equilibrado de todo el partido y no que se concentre gran parte de la actividad inmobiliaria en el norte del mismo".
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